Lic. Quetzalcóatl Orozco Enríquez tomó protesta como Director General del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California
Tomo protesta el Lic. Quetzalcoatl Orozco Enríquez, como nuevo Director General del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California, ya que este centro iniciara labores de forma oficial el día 03 de noviembre de este año, ya que se tenia programado arrancar precisamente el día 01 de octubre pero las autoridades federales lo prorrogaron por un mes más, de esta manera este centro será el primer receptor de las demandas laborales, iniciando un proceso de conciliación entre el trabajador y el empleador, ya que el propósito del procedimiento de conciliación prejudicial es que los conflictos individuales y colectivos de trabajo sean resueltos con celeridad, este procedimiento de acuerdo con la ley tiene una duración de 45 días naturales, si las partes no llegan a una conciliación entonces podrán iniciar un juicio laboral ante el Tribunal laboral competente que formaran parte del poder judicial, terminando con esto lo largos juicios que duraban años en resolverse, todo esto se da debido a la reforma que fue publicada en el diario oficial de la federación del 01 de mayo del 2019, en donde desaparecen las juntas de conciliación y arbitraje y se crea este centro de conciliación, naciendo la figura de un juez en materia laboral, ya que desde el año de 1931 que se publicó la primera ley federal del trabajo en nuestro país no se había contemplado que las controversias laborales fueran dirimidas por el Poder Judicial y a través de la figura de un juez.
La reforma contiene tres ejes principales; Justicia laboral, negociación colectiva y democracia sindical, primero desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje y nacen los Centros de Conciliación y los Tribunales laborales, con la finalidad de que la justicia sea pronta y expedita tal y como lo señala nuestra carta magna, segundo se crea un procedimiento de legitimización de los contratos colectivos de trabajo en donde tienen que realizarlo las organizaciones gremiales antes del día 01 de mayo del 2023, y tercero las organizaciones gremiales tienen que realizar la modificación de sus estatutos para introducir el voto personal, libre, directo y secreto en todas su votaciones, con la finalidad de transparentar la rendición de cuentas de los agremiados.