conoció de su petición de amparo, dice al final de la sentencia que, si surge algún procedimiento jurídico, esto no los ampara”, expuso.
En cuanto al porqué expropiar el Club Campestre de Tijuana, dijo: “...Porque es el único que reúne las características de infraestructura, de espacio, de tradición, de ubicación... no hay otro en la zona poniente norte de la ciudad que, por su ubicación, nos da la posibilidad de que un millón doscientos mil personas, acudan a disfrutar de sus instalaciones que estarán adecuadas para dar cumplimiento a la nueva ley de Educación Física, así como el esparcimiento familiar de todos los tijuanenses y no solamente de los 834 asociados y familiares.
Sobre las opiniones de académicos, dijo que “son académicos y no estudian... si estudiaran, se darían cuenta que más de 1.5 millón de tijuanenses habitan en esa amplia zona municipal y que no tienen un solo lugar, salvo Playas de Tijuana que tiene un parque, así como el parque Teniente Guerrero y el de la colonia Morelos, pero no con la extensión y los acondicionamientos óptimos para la población.
La viabilidad de conversión del Club Campestre de Tijuana en el Parque Interactivo Campestre es prácticamente inmediata, en el corto plazo, una vez que sean revisadas las pruebas documentales que presenten las partes que demuestren ser perjudicadas, toda vez que está en duda la legítima propiedad porque los asociados han usufructuado el espacio que ocupa, a raíz de un juicio de prescripción que no cumplió con todos los requisitos.
“Es necesario aclarar que no existe nadie, de esos 834 socios que compraron membresías a una asociación civil, con derechos de propiedad; los que aparentemente son verdaderos propietarios son, el general Abelardo L. Rodríguez (quien fuera gobernador del Territorio Norte de Baja California) y su sucesor o herederos del último gobernador (del mismo territorio), Alfonso García González; hay una acción fraudulenta, de 1969, mediante la cual promueven una prescripción ilegal, y ese es el único título que tiene la asociación del Club Campestre”, detalló el titular de la SGG.
Concluyó diciendo que la Declaratoria de Utilidad Pública y su eventual culminación en el Decreto Expropiatorio, no se trata de ningún capricho personal como comentan asociados o personas que desconocen la ley, ya que es un acto que cumple con la Constitución Política Mexicana, con tratados internacionales de Derechos Humanos y las recientes reformas a la Constitución Política de Baja California, que establecen el derecho de la ciudadanía bajacaliforniana a la cultura, al deporte, a la recreación, a la salud, etc.