“Establecimientos realizan cobro indebido de comisión por uso de terminal bancaria al consumidor”: diputado Román Cota

“Hoy en día, el uso de las tarjetas de crédito y débito es cada vez más usual entre los usuarios, sin embargo, hay empresas y establecimientos que cobran comisión por el uso de la terminal al realizar pagos con tarjetas”, indicó el Diputado Román Cota Muñoz.

Así los indicó el Congresista local, al presentar ante el Pleno, en la reciente sesión presencial un posicionamiento referente a la situación en la cual los establecimientos realizan cobro indebido de comisión por uso de terminal al consumidor en Baja California.

Según mencionó, el cobro de comisión a los usuarios de tarjetas de crédito o débito, que realizan algún tipo de compra, no está permitido de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), ya que dicha comisión se pacta en un contrato de adhesión entre el establecimiento y la institución bancaria/financiera que presta el servicio (terminal bancaria).

Los establecimientos que realizan este tipo de cobros, que van del 3 al 5 por ciento sobre el valor total de la compra o servicio, generalmente lo hacen para saldar gastos de comisión por el uso de la terminal bancaria, y así pagar los costos con el cobro de tarjetas que le corresponde al establecimiento.

Aunado a ello, en los contratos se especifica que el cargo extra debe ser pagado por el negocio y no por el cliente, enfatizó.

En México -dijo- no existe una ley que prohíba a un comercio cobrar a los clientes trasladar la comisión del cobro con tarjeta. Sin embargo, la Condusef sugiere a los clientes que presenten una queja ante la institución bancaria dueña de la terminal.

Otra institución en donde los clientes pueden levantar una queja, es la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco); pero la queja solo queda en eso, pues no hay una sanción establecida por la autoridad cuando se hace eso.

También los clientes pueden presentar una queja, directamente a la institución que otorgó la terminal, y ésta decidirá qué medida tomar, como por ejemplo cancelar el contrato por el uso de sus servicios.

Al respecto, la CONDUSEF se ha pronunciado, haciendo público en su sitio web oficial que hay establecimientos comerciales que realizar el cobro de una “comisión” o “recargo” que puede ir del 3 al 5 por ciento, sobre el valor total de la compra o servicio, cuando el pago es realizado mediante una tarjeta de crédito o débito.

Al respecto, argumenta la Comisión que, se incumple con lo que los comercios pactan con las instituciones bancarias, ya que en los contratos para el uso de terminales punto de venta, se señala claramente que el pago de este servicio no debe repercutir en el costo de los bienes y servicios que promueven los comercios con su clientela.

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