Prohibido exhibir cigarros en tiendas, así como fumar en espacios públicos: DOF

A partir de este 15 de enero, quedará prohibida la exhibición de cigarros en las tiendas, así como toda publicidad relacionada al tabaco.

De igual forma, se establecerán medidas para asegurarse de que no se fume en espacios como centros de trabajo, transporte público, escuelas, sedes de espectáculos, estadios, plazas comerciales, hoteles, parques, playas o lugares donde haya menores de edad.

El decreto que reforma el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, fue publicado por el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece que la publicidad del tabaco no podrá difundirse a través de “radio, televisión, internet, redes sociales, en reuniones y comunicaciones personales, mensajes enviados por correo postal o electrónico, en productos utilitarios o bienes muebles (vasos, botellas, sillas, mesa) e incluso en videojuegos, juguetes, golosinas o alimentos con mensajes o forma de cigarro".

La única manera por la cual se podrá realizar la comercialización de los productos con tabaco será a través de “una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas”, y dicha lista deberá cumplir con los requisitos y características que establece la Secretaría de Salud.

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