Suprema Corte invalida objeción de conciencia tras despenalización del aborto.
Tras un largo debate, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó el artículo 10 Bis, de la Ley General de Salud, que reconocía la cláusula de objeción de conciencia para que médicos y enfermeras pudieran negarse a participar en procedimientos médicos que interrumpan la gestación.
Con ocho votos a favor, el Pleno de la Corte concluyó que sin anular el derecho constitucional de las mujeres a interrumpir un embarazo no deseado, debe reconocerse la objeción de conciencia del personal de salud.
Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar, advirtió que continuar con el artículo que reconocía la objeción de conciencia del personal sanitario, podría omitir "con una mano, los derechos de las mujeres que se reconocieron con la otra mano, al declarar la inconstitucionalidad del delito de aborto".