Tras más de 24 horas de audiencia, el juez de control Fernando Serrano determinó la no vinculación a proceso del exdirector de la Policía Municipal de Mexicali, Pedro Ariel Mendívil, y del excomandante Luis Alfonso Jacobo Arvizu, por los delitos de desaparición forzada de personas, robo de vehículo y asociación delictuosa.
La resolución fue emitida luego de que el juzgador analizara los argumentos presentados por la Fiscalía General del Estado y las defensas de los imputados.
Al explicar su decisión, el juez señaló que “no se puede basar en rumores institucionales”, al considerar que los datos de prueba presentados no eran suficientes para vincular a ambos exmandos por los delitos que les fueron imputados.
Durante su intervención en la audiencia, que se prolongó por cerca de dos horas el domingo, Pedro Ariel Mendívil sostuvo que es inocente y atribuyó la investigación en su contra al conflicto que mantiene con la fiscal general del estado, María Elena Andrade Ramírez.
“Nunca recibí formalmente notificación o reporte de agentes involucrados en desapariciones o coludidos con el crimen organizado”, declaró el exdirector de la Dirección de Seguridad Pública Municipal ante el juez.
En contraste, el juez dictó auto de vinculación a proceso contra los exagentes municipales Kevin “N”, Eduardo “N” y Juan Carlos “N”, quienes enfrentarán el proceso penal por los delitos de desaparición forzada de personas, robo de vehículo y asociación delictuosa, por hechos ocurridos el 3 de enero de 2023, relacionados con la desaparición de dos jóvenes que salieron del bar Shots, en Mexicali.
Durante la exposición de los motivos de su resolución, el juez precisó que el Ministerio Público no logró establecer cuál habría sido la conducta específica de Pedro Ariel Mendívil y Luis Alfonso Jacobo que permitiera la desaparición de las víctimas, ni acreditó que existiera comunicación entre ellos y los agentes que sí fueron vinculados a proceso.
El juez aclaró que la resolución de no vinculación no constituye una declaración de inocencia y tampoco impide que la Fiscalía General del Estado continúe con la investigación. En caso de reunir nuevos datos de prueba, el Ministerio Público podrá solicitar nuevamente una audiencia de vinculación, conforme a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.














